La LibertadTrujillo

Sesiones ordinarias del Concejo de la MPT deberían volver a ser presenciales

“Está en manos del pleno su aprobación”, dijo el alcalde Mario Reyna.
Las sesiones ordinarias del Concejo de la Municipalidad Provincial de Trujillo deberían realizarse con la participación presencial de los regidores, para evitar que, debido a problemas con la señal de internet o el audio, se tengan inconvenientes al debatir temas importantes para la ciudad, sostuvo el alcalde Mario Reyna Rodríguez.

Creo que las sesiones ordinarias deberían volver a ser presenciales, como antes de la pandemia de la covid-19, dejando la opción de que las extraordinarias sean virtuales, pero eso es algo que está en manos del Concejo Municipal, que lo debe debatir y, si el pleno lo considera necesario, aprobar, señaló.

La Ley N° 31270 estableció que las sesiones ordinarias se realicen de manera virtual cuando los regidores estuvieran imposibilitados de reunirse de manera presencial, como consecuencia de la declaratoria del estado de emergencia por la antes citada pandemia.

Hay sesiones del Concejo de la MPT en que la mayor parte de los regidores se conectan virtualmente, pese a que la situación de emergencia por la covid-19 fue superada. Sin embargo, se debe precisar que el año 2023, en la gestión de Arturo Fernández, se aprobó una ordenanza permitiendo la posibilidad de seguir realizando sesiones virtuales.

La O.M. N° 001-2023-MPT, suscrita el 21 de febrero, derogó la O.M. N° 017-2020-MPT y modificó el artículo 41° del Reglamento Interno de Concejo (RIC) de la MPT, disponiendo que, atendiendo lo dispuesto por el Art 13-A de la Ley Orgánica de Municipalidades, incorporado con la Ley N° 31270, es posible llevar a cabo las sesiones ordinarias de Concejo de manera virtual en los casos en que los regidores estén imposibilitados de reunirse de manera presencial, como consecuencia justamente de la declaratoria del estado de emergencia y solo durante el periodo de este (no se precisa si por el estado de emergencia de la covid-19 o por seguridad).

La Ley N° 31270 – Ley que regula las sesiones virtuales de Consejos Regionales y Concejos Municipales, regula la posibilidad de que los Concejos Municipales y Consejos Regionales puedan sesionar válidamente por medios virtuales en situaciones de excepción debidamente declaradas conforme a la Constitución Política y la normativa vigente.

El art. 2° de esta Ley dispone que se agregue el art. 13-A a la Ley 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades, con el siguiente texto: art. 13-A. Sesiones virtuales de concejo municipal. En situaciones de estado de excepción, declarada conforme a la normativa y ante la imposibilidad de reunirse de manera presencial, el Concejo Municipal puede sesionar válidamente utilizando medios virtuales, conforme lo disponga su reglamento y respetando las reglas que se señalen en la presente ley para las sesiones ordinarias y extraordinarias.

Sin embargo, se debe recordar que con A.C. N° 74-2022-MPT se aprobó la presencialidad de las sesiones ordinarias a partir del mes de julio del año 2022, para garantizar su funcionamiento como instancia deliberativa, normativa y de fiscalización.

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